Condiciones de Alquiler

 

El arrendatario y conductor o conductores adicionales deberán tener más de 25 años cumplidos y con antigüedad mínima de dos años de carne de conducir clase B. La autocaravana no podrá ser retirada por otra persona que no sea el contratante.

Es obligatorio presentar los documentos identificativos tanto del arrendatario como los posibles conductores con un mínimo de 48 horas de antelación al inicio del alquiler, así mismo el arrendador podrá exigir, si lo considera necesario, cualquier otro tipo de documento identificativos.

Reserva y fianza

Para confirmar la reserva se abonará como mínimo el 30 % del importe total del alquiler por transferencia bancaria o en metálico. Para retirar la auto caravana deberá estar abonada la totalidad del importe del alquiler con anterioridad o en ese mismo acto, al igual que la fianza de 600 €. La fianza podrá ser abonada en metálico o por transferencia bancaria  .El importe de esta misma se devolverá en un plazo de 72h cuando se verifique que está todo en perfecto estado. 

Anulación

  • 30 días antes de la fecha de inicio, con penalización del 50 % de la reserva.
  • Entre 29 y 16 días antes, penalización del 80 % de la reserva.
  •  Menos de 15 días antes, penalización del 100 % de la reserva.


Seguro

Las autocaravanas disponen de seguro a todo riesgo con franquicia de 600 € y asistencia 24 h. En caso de siniestro corren a cargo del arrendatario únicamente el coste de los daños propios hasta el límite del importe de la franquicia (600 €), salvo que el culpable sea tercero, debidamente cumplimentado y firmado por ambas partes.
 

Limpieza

La autocaravana se entrega totalmente higienizada, tanto interior como exterior y lista para su uso, debiéndose retornar en el mismo estado y con los depósitos de residuales vacíos. Si lo desea, puede contratar este servicio por un importe de 100 €. 
 

Kilómetro

  •  Kilometraje ilimitado para alquileres superiores a 7 días.

Multas y sanciones

El arrendatario responde de cualquier multa, sanción y otras responsabilidades en las que pudiera incurrir por infringir la legislación vigente en materia de circulación y otras. 

Desperfectos

En caso de rotura, desperfecto o síntoma de avería, el arrendatario deberá obligatoriamente notificarlo al arrendador dentro de las siguientes 12 horas a la apreciación del problema. Esta notificación es de vital importancia. La NO notificación podrá perjudicar la entrega a tiempo al siguiente arrendatario, por lo que el arrendador podrá exigirle el importe correspondiente a un día de alquiler. 


Costes de carburante y mantenimiento

Los costes de carburante corren a cargo del arrendatario, debiendo dejar el depósito lleno a la entrega, tal y como lo recogió. Los gastos de mantenimiento, cambio de aceite y otros corresponden al arrendador, siendo obligación del arrendatario comprobar los niveles cada 2000 Km. Cualquier reparación por importe superior a 100€ deberá ser autorizado por el arrendador. 


Entrega, devolución y períodos no utilizados 

La entrega y devolución de la autocaravana se efectuará en el domicilio del arrendador. El horario de la recogida y devolución será pactado entre arrendatario y arrendador. Existe la posibilidad de entregar y devolver la autocaravana en los aeropuertos y estaciones de tren gallegos, bajo un suplemento. El arrendador se reserva el derecho de aplicar los suplementos vigentes en caso de incumplimiento de dicha claúsula. 

  • Por cada hora de retraso en la devolución del vehículo se aplicará un suplemento de 20€.
  • Los periodos de alquiler no utilizados o retorno del vehículo antes del fin del alquiler no supondrá reembolso alguno al arrendatario.
  • Si por motivos ajenos al arrendador, tales como avería, accidentes o similares, no se pudiera entregar la autocaravana el día indicado, el arrendatario solo podrá reclamar la señal abonada al arrendador.

El presente contrato se regirá por lo pactado y, en su defecto, por la normativa aplicable del Código Civil.

Queda expresamente prohibido el subarrendamiento.

Las partes se somenten por imperativo de la Ley a los Juzgados y Tribunales de Galicia.